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Preguntas básicas de los programas de auto regularizaci

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  • Preguntas básicas de los programas de auto regularización en materia de prevención de lavado de dinero

Publicado el jueves, 13 de junio de 2019

Conoce los principales puntos sobre las reglas generales que describen los programas de autorregulación aplicables a actividades en riesgo de lavado de dinero, las cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2019.

¿A qué actividades vulnerables se refiere el Programa de Auto Regularización en materia Antilavado (Programa)?

  1. Juegos con apuesta, concursos o sorteos,
  2. Emisión o comercialización de Tarjetas de Servicios por Entidades No Financieras,
  3. Emisión o comercialización de Cheques de Viajero por Entidades No Financieras,
  4. Operaciones de Mutuo o Garantía por Entidades No Financieras (préstamos),
  5. Servicios de Construcción o Desarrollo de Bienes Inmuebles,
  6. Comercialización de Metales Preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes,
  7. Subasta o Comercialización de Obras de Arte,
  8. Comercialización o Distribución de Vehículos,
  9. Servicio de Blindaje de Vehículos,
  10. Servicio de Traslado y Custodia de Dinero,
  11. Algunos servicios de Prestación de Servicios Profesionales Independientes (v.g. contadores y abogados)
  12. Prestación de Servicios de Fe Pública,
  13. Recepción de Donativos,
  14. Servicios de Comercio Exterior,
  15. Constitución de Derechos Personales.

¿Por qué surge el Programa de Auto Regularización en materia de Prevención de Lavado de Dinero?

Porque la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), han detectado un número considerable de sujetos que realizan Actividades Vulnerables que han sido omisos en el cumplimiento de las obligaciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, comúnmente conocida como Ley Antilavado.

¿Cuáles son los fines que persigue el Programa de Auto Regularización?

  • Permitir que las empresas que realizan actividades vulnerables y que hubieran incurrido en ciertos incumplimientos durante el periodo de 2013 a 2018, puedan auto regularizarse sin que el SAT imponga las sanciones aplicables (multas).
  • Que el SAT, bajo ciertas condiciones, condone multas que ya hubiere impuesto por incumplimiento a obligaciones durante dicho periodo.
  • En ambos casos está condicionado a que el sujeto obligado cumpla con los requisitos señalados por el SAT.
  • Que las autoridades competentes obtengan información sobre los sujetos obligados.

¿Cuándo surge el programa de Auto Regularización en materia de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Lavado de Dinero)?

En diciembre de 2018, en el artículo Décimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación; sin embargo, es hasta el 16 de abril de 2019, cuando se publican las “Disposiciones de Carácter General” (Disposiciones) que establecen la forma y términos que debe contener el Programa.

¿Qué periodo abarcan los beneficios del Programa de Auto Regularización?

El periodo sujeto a regularización es del 1 de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018.

¿Cuándo entran en vigor las Disposiciones?

El 21 de junio de 2019.

¿Cuál es el periodo que tengo para presentar al SAT la solicitud para obtener los beneficios del Programa de Auto Regularización?

Cada programa debe elaborarse como un traje a la medida del sujeto obligado que omitió el cumplimiento de las obligaciones de la Ley Antilavado durante el periodo del 21 de junio al 15 de agosto de 2019.

¿Quién autoriza la procedencia de la solicitud al Programa de Auto Regularización propuesto?

El Sistema de Administración Tributaria (SAT).

¿Qué puedo hacer para determinar si en mi empresa o actividad ha habido algún incumplimiento a las obligaciones de la Ley Antilavado?

a) Se requiere hacer un diagnóstico con un enfoque basado en riesgos que permita identificar si se han cumplido todas las obligaciones en materia de Prevención de Lavado de Dinero,

b) Valorar si es candidato al programa de Auto Regularización,

c) Valorar si puede cumplir con todos los requisitos del Programa de Auto Regularización,

d) Hacer una evaluación de riesgos para una toma de decisión colegiada,

e) En caso de decidir inscribirse al Programa de Auto Regularización presentar la solicitud del 21 de junio al 15 de agosto de 2019, manifestando bajo protesta de decir verdad: i) la existencia de incumplimientos u omisiones a las obligaciones contenidas a la Ley Antilavado; ii) las circunstancias que los originaron; iii) los preceptos legales incumplidos; y iv) las medidas que se tomarán para subsanarlos.

f) En su caso, conservar el acuse por el cual el SAT autorice el Programa de Auto Regularización.

g) Dar puntual seguimiento a la instrumentación y ejecución del Programa de Auto Regularización,

g) Mantenerse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia antilavado,

h) Brindar las facilidades necesarias en caso de que el SAT realice una visita de verificación.

¿Cuánto tiempo tengo para cumplir con los compromisos propuestos en el Programa de Auto Regularización?

6 meses, los cuales correrán del 15 de agosto de 2019 al 15 de febrero de 2020, según lo manifestado verbalmente por funcionarios de alto nivel del SAT.

¿El programa de Auto Regularización puede accionar facultades de verificación del SAT?

Sí. De hecho, el SAT podrá en cualquier momento verificar el grado de avance y el cumplimiento del Programa de Auto Regularización.

¿Cuáles son los motivos por los que el SAT podría negar la autorización al Programa de Auto Regularización?

  1. Que el sujeto obligado no esté dado de alta en el portal antilavado,
  2. Que sus datos no estén actualizados,
  3. Que no se encuentre al corriente de sus obligaciones de Prevención de Lavado de Dinero respecto del ejercicio 2019,
  4. Que las irregularidades en que se hayan incurrido constituyan un delito.

En caso de tener multas impuestas por el SAT que correspondan a los años de 2013 a 2018, ¿cuándo puedo solicitar la condonación?

20 días hábiles después de concluir con el cumplimiento de los Programas de Auto Regularización.

¿Qué se necesita para que el SAT condone las multas correspondientes de 2013 a 2018?

  • Presentar la solicitud de condonación,
  • Haber corregido todas las irregularidades demostrando que se ha cumplido con el Programa de Auto Regularización,
  • Desistirse de cualquier medio de defensa y que cuente con el acuerdo correspondiente,
  • No haber pagado la multa que desea se condone,
  • Que las multas a condonar no estén catalogadas como agravantes a la realización de infracciones, ni constituyan un delito.

¿Cuál es el plazo que tiene el SAT para dar respuesta a la solicitud de condonación de multas?

El SAT tiene 6 meses para analizar la solicitud, y podrá notificar su procedencia hasta en un periodo 30 días hábiles después de haber concluido el análisis.

¿El Programa de Auto Regularización y la condonación de multas son trámites independientes?

Sí y se requiere en ambos casos contar con la notificación respectiva del SAT.

¿El adherirse al Programa de Auto Regularización interrumpe la prescripción?

Sí, se interrumpe el plazo que tiene la autoridad para la imposición de las sanciones correspondientes.

¿Estos programas son recomendables en cualquier caso y para cualquier sujeto que realiza actividades vulnerables?

No. Cada caso debe evaluarse en lo particular para determinar, entre otros factores: i) los riesgos en los que se está incurriendo al momento de confesar expresamente la existencia de incumplimientos a obligaciones de Ley; y ii) la posibilidad real de cumplimiento a los compromisos adquiridos en el Programa de Auto Regularización respectivo.

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