SAT: Nuevo reglamento interior
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Publicado el jueves, 17 de septiembre de 2015
El 24 de agosto de 2015 la SHCP publicó el nuevo Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria ), el cual entrará en vigor el próximo 22 de noviembre de 2015, salvo en los casos que se indique expresamente lo contrario.
Por lo tanto, se abroga el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado el 22 de octubre de 2007 en el DOF.
Derivado de los diversos cambios que ha habido hasta la fecha en materia fiscal y a la carga administrativa que el SAT tiene, esté órgano ha ido implementando nuevos procedimientos y reglas para poder cumplir con su objetivo principal, el cual es recaudar las contribuciones y fomentar el cumplimiento oportuno de las distintas obligaciones de los contribuyentes.
Con la nueva estructura de este reglamento se especifica el marco territorial de las Unidades Administrativas Desconcentradas que sustituyen a las Administraciones Locales y Regionales, ayudando a las Administraciones Generales de Auditoría Fiscal Federal, de Comercio Exterior, de Servicios al Contribuyente, Jurídica y Recaudación a cumplir con sus cargos respectivos específicamente en cada una de las regiones del territorio nacional.
Entre los cambios más destacados se incorporan ciertas facultades a la Administración General de Recaudación, los cuales algunos de ellos son los siguientes:
- Normar e instrumentar la operación del servicio de buzón tributario, en coordinación con las demás administraciones generales.
- Cancelar, revocar o dejar sin efectos los certificados de sello digital de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, así como restringir el uso del certificado de la firma electrónica avanzada o cualquier otro mecanismo permitido en las disposiciones jurídicas aplicables, y resolver las aclaraciones o solitudes que presenten los contribuyentes.
- Enviar a los contribuyentes comunicados y, en general, realizar en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias para promover el pago de sus créditos fiscales, sin que por ello se considere el inicio de facultades de comprobación, así como calcular y enviar propuestas de pago a los contribuyentes.
- Publicar a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, el nombre o denominación o razón social y la clave del registro federal de contribuyentes, de aquellos sujetos que se ubiquen en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, así como los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal y los montos respectivos, conforme a lo previsto en la Ley General de Transparencia y acceso a la Información Pública.
- Otro de los grandes cambios fue en la Administración General de Aduanas ya que se adicionaron dos Administraciones Centrales y se modificó la denominación de algunas, las nuevas administraciones son la Administración Central de Planeación Aduanera y la Administración Central de Procesamiento Electrónico de Datos Aduaneros.
- Se reformaron en su totalidad las competencias de esta Administración, algunas sobresalientes son:
- Emitir las disposiciones generales para la obtención de patentes de agente aduanal y autorizaciones de mandatario de agente aduanal y dictaminador aduanero, así como las convocatorias para la obtención de patentes de agente aduanal.
- Vigilar y verificar el cumplimiento de las obligaciones del agente aduanal, mandatario y dictaminador aduanero, así como tramitar resolver o imponer sanciones en los términos de las leyes en vigor.
- Establecer la naturaleza, estado, origen y demás características de las mercancías de comercio exterior, así como sugerir su clasificación arancelaria y solicitar el dictamen que se requiera.
- Asignar número de autorización a los importadores y exportadores que promuevan el despacho aduanero de mercancías sin la intervención de agente aduanal.
Dentro de la Administración General de Auditoria de Comercio Exterior se adicionan las Administraciones Centrales de Certificación y Asuntos Internacionales de Auditoria de Comercio Exterior y de Coordinación Estratégica de Auditoria de Comercio Exterior, las cuales tienen como facultades más relevantes el autorizar, renovar o cancelar la certificación en materia de IVA, IEPS, Operadores Económicos Autorizados, así como realizar visitas e inspecciones sobre el mismo tema.
Para las Administraciones Centrales y Coordinaciones se agregan facultades, entre las que destacan: Representar legalmente al SAT, así como en foros, eventos y reuniones, proponer modificaciones a la legislación de Administración General Jurídica, emitir opinión respecto a anteproyectos y requerir a los contribuyentes información e informes diversos.
Las subadministraciones también cuentan con ciertas atribuciones importantes, tales como: imponer sanciones por infracción a las disposiciones jurídicas que rigen la materia de su competencia y vigilar la debida garantía del interés fiscal en los asuntos en que tengan competencia.
Otro cambio relevante corresponde a los lineamientos para considerar a los Sujetos y Entidades como Grandes Contribuyentes, debido a que ahora, bajo las nuevas disposiciones del reglamento interior del SAT, se considerarán Grandes Contribuyentes a aquellos que en el último ejercicio fiscal declarado tuviesen ingresos acumulables en ISR iguales o superiores a $1,250 millones de pesos. Anteriormente el monto era por $500 millones de pesos, por lo que el aumento es bastante considerable.
Lo anterior tiene como consecuencia que aquellos contribuyentes que tienen ingresos anuales entre 500 y 1,249 millones de pesos, que antes eran considerados como “Grandes Contribuyentes” ahora podrán ser sujetos a los procedimientos de revisión por parte de las Administraciones Desconcentradas que corresponda a cada domicilio fiscal.
De igual forma se adicionan una serie de competencias y facultades especializadas en materia de Actividades Vulnerables.
Como podemos observar el SAT en su afán de tener una mayor vigilancia a sus contribuyentes se está extendiendo en territorio y abriendo áreas especializadas para tener un mayor y mejor control sobre los mismos.