¿Un fisco orwelliano?
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Publicado el lunes, 12 de septiembre de 2016
Mtro. y C.P.C. Rogelio García Zambrano, Socio Director de la oficina de Monterrey de Kreston BSG escribe para la Revista Puntos Finos.
En la actualidad, los contribuyentes tendremos que enviar electrónicamente nuestra contabilidad analítica al Servicio de Administración Tributaria (SAT) mensualmente. Además, este órgano ha creado un Buzón Tributario para hacer eficiente la comunicación constante y directa con el contribuyente, lo que significa que el SAT ya no nos buscará, pues actualmente, la obligación de consultar y revisar periódicamente ese mencionado medio es del pagador de impuestos. De ahí, quizá el paralelismo entre la sociedad actual y el mundo planteado en la novela de nombre 1984, del escritor George Orwell.
Introducción
A pesar de los miles de juicios de amparo pro- movidos por los contribuyentes en contra de la Contabilidad Electrónica, el Buzón Tributario y las revisiones electrónicas (auditorías), en sesión del 6 de junio pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló y falló en favor del fisco federal (¿orwelliano?),(1) porque los consideró “constitucionales”, justificando su decisión en la simplicidad, la practicidad, así como en la necesidad recaudatoria y de comprobación fiscal.
Con esa resolución, influenciada sin duda por las
presiones internacionales de la Organización para
la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE),
de la cual México forma parte –y está obligado a
dar cumplimiento a los estándares de recaudación
internacional–, el fisco adoptó el uso de innovaciones tecnológicas para optimizar la administración
tributaria, y homologar así nuestro sistema fiscal al
de otros países como los Estados Unidos de América
(EUA), Irlanda, Alemania, Francia y Brasil.
Resultado de la resolución de la SCJN
El criterio de la SCJN y los estándares de la OCDE, implican que los contribuyentes tendremos que enviar electrónicamente nuestra contabilidad analítica al SAT mensualmente.
Además, ese órgano ha creado para los contribuyentes un Buzón Tributario para hacer eficiente la comunicación constante y directa con el pagador de impuestos, lo que significa que el SAT ya no nos buscará, pues actualmente, la obligación de consultar y revisar periódicamente ese medio es del contribuyente, para saber si tiene algún comunicado o notificación de la autoridad hacendaria.
Por otra parte, el Buzón Tributario también será útil para tramitar las devoluciones, compensaciones, recursos de revocación, consultas, autorizaciones y dar seguimiento puntual a las auditorías electrónicas.
En este sentido, son más de 1.5 millones de contribuyentes que al día de hoy ya han interactuado con su Buzón Tributario, lo que significa que éste será el único vínculo de comunicación bilateral.
Una vez que el fisco tiene toda nuestra información contable y la forma de comunicarse con nosotros mediante el Buzón Tributario, cierra, por tanto, el círculo con su facultad de revisión; llámese “auditorías electrónicas” y requerimientos de información.
De esa manera, ahora el fisco federal podrá deter- minar con la información en su poder, qué ingresos son los acumulables, qué gastos son los deducibles y cuáles serán los rechazados.
Asimismo, ese órgano calculará las diferencias de su autodeterminación y notificará en el mencionado Buzón Tributario una preliquidación, mediante la cual el contribuyente tendrá un plazo de 15 días para desvirtuar los hechos o las irregularidades.
Si no se cumpliera con lo anterior, entonces la preliquidación quedará firme para que el contribuyente pague la diferencia con sus correspondientes recargos, actualización y una “módica” multa del 20%.
En los casos en los cuales el contribuyente solvente y soporte las diferencias en su contra, la autoridad tendrá 40 días para revisar, analizar y resolver lo expuesto por él.
Esto genera el siguiente cuestionamiento: ¿Por qué no se explica en la exposición de motivos el gran diferencial de 15 días para el contribuyente y 40 días para el fisco?
Sin duda, nuestras autoridades habrán de ser cuidadosas respecto al cumplimiento constitucional de los principios jurídicos de las contribuciones y las garantías individuales de audiencia, seguridad jurídica y presunción de inocencia.
Por otra parte, el 7 de julio del presente año, en la ciudad de Acapulco, Guerrero, se celebró el 37 Congreso de la Asociación Nacional de Especialistas Fiscales, A.C. (ANADE), al que asistió el jefe del SAT, Aristóteles Núñez Sánchez, donde externó a los presentes que:
La tecnología nos permite de manera sigilosa y silenciosa vigilar el comportamiento de los contribuyentes sin necesidad de hacer una auditoría, para realizarlas sólo en aquellos casos en que se observan inconsistencias o irregularidades.
De ahí, la analogía con la obra de Orwell, respecto
al “omnipotente y vigilante Gran Hermano o Hermano
Mayor”.
Disyuntiva de la tecnología
A todos nos ha impresionado la revolución tecnológica y sus avances en los campos de la medicina, la física, la agricultura, etc. Ahora bien, esa tecnología ha llegado a nuestras vidas en el ámbito privado económico, con efectos fiscales que pueden afectar significativamente nuestros bolsillos, e incluso hasta nuestra libertad.
El fisco con sus recursos de Big Data o Visor 360 grados y otras normatividades legales, nos tiene vigilados los 365 días del año. Inclusive tiene información de si viajamos, el destino, con quién, cómo costeamos el viaje y hasta el número de maletas que llevamos.
El Comprobante Fiscal Digital por Internet o Factura Electrónica (CFDI) es como nuestro ADN: único e irrepetible, pues se tienen que timbrar (2) todos los comprobantes como son: ingresos, egresos, nóminas, transacciones con los notarios, retenciones, importaciones, exportaciones, estados de cuenta bancarios, y un largo etcétera.
Por medio del CFDI, la autoridad conoce quién compró, quién vendió, qué se vendió y el método o forma de pago. Tiene de nosotros la foto, huellas digitales y la autenticidad biométrica de nuestro iris; además, de foto y geolocalización de nuestro centro de trabajo.
No cabe duda que el SAT ha hecho un trabajo arduo
y efectivo en su facultad de recaudación, pero debe
ampliar la base de contribuyentes para efectos de
no considerar “a los mismos de siempre”, y fomentar que todos los ciudadanos contribuyan cuando así
corresponda.
Conclusión
La autoridad debe respetar no sólo a la empresa, sino también al empresario como entes generadores de valor económico en la sociedad.
La clave está en llevar una excelente administración de la información y un cuidado especial del cumplimiento fiscal; de lo contrario, será casi imposible hacerle frente a las novedades de fiscalización del nuevo y frío robótico SAT.
La ley es dura y habrá que cumplirla. Como la muerte, que es inesperada, no deseada y dolorosa. •
1 El término orwelliano alude al escritor inglés Eric Arthur Blair, mejor conocido como George Orwell quien en su última novela de política de ficción de nombre 1984, publicada en 1949, introdujo los conceptos del “omnipotente y vigilante Gran Hermano o Hermano Mayor: La policía del pensamiento”. Muchos analistas detectan paralelismos entre la sociedad actual y el mundo de 1984, sugiriendo que estamos comenzando a vivir en lo que se ha conocido como Sociedad Orwelliana; es decir, una sociedad en la cual se manipula la información, y se practica tanto la vigilancia masiva, como la represión política y social. El término orwelliano se ha convertido en sinónimo de las sociedades u organizaciones que reproducen actitudes totalitarias y represoras, como las representadas en la novela y ahora aplicadas en la vida real
2 Reconocimiento y autorización del SAT de la operación económica-comercial