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Fondo de Pensiones para el Bienestar

Publicado el jueves, 09 de mayo de 2024

El pasado 30 de abril se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto para la creación de Fondo de Pensiones para el Bienestar, que se constituirá con los recursos de las subcuentas de Vivienda, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez de trabajadores afiliados del 1o. de julio de 1997 en adelante, cuando alcancen la edad de 70 años y no hayan ejercido su derecho a una pensión así como de cuentas que no hayan sido reclamadas.

Lo anterior con el objetivo de proporcionar un complemento a la pensión de los asegurados que se retiren bajo la LSS de 1997 cuando esta sea igual o menor a $16,777.68.


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Cabe mencionar que el derecho del Trabajador y en su caso, de los beneficiarios, a recibir los recursos de su cuenta Individual de Vivienda, Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez son imprescriptibles.

El presente decreto entro en vigor el 1o. de mayo de 2024.


Cordialmente,

Área de Seguridad Social de Kreston BSG México

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