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Discrepancia Fiscal

Publicado el viernes, 07 de agosto de 2020

En la actualidad año tras año, hay reformas fiscales que buscan que los contribuyentes tributen y paguen sus impuestos de acuerdo a la legislación tributaria, y con las bases contributivas correspondientes. Sin embargo, hay un concepto que no hay que perder de vista para las personas físicas y que toma mayor relevancia cuando dichos contribuyentes deben presentar información en la declaración del ejercicio, con vencimiento en el mes de abril de cada año.

Este concepto es el denominado “Discrepancia Fiscal”, pero, y ¿a qué se refiere?

La discrepancia fiscal es cuando en un año de calendario un contribuyente, persona física, realiza gastos e inversiones superiores a sus ingresos, por lo que, tendrá consecuencias de conformidad con el artículo 91 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.