Buzón IMSS
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Publicado el miércoles, 15 de julio de 2020
Herramienta que da a conocer el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a través del boletín de prensa No.429/2020 de su portal de internet http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202006/429, y publicado en el DOF el 09/07/2020 en el acuerdo ACDO.AS2.HCT.240620/170.P.DIR, que servirá como un canal eficiente de comunicación con el patrón, tanto para el envío de información con fines de difusión como para la entrega de documentos, el cual entrará en funcionamiento de manera opcional para los patrones a partir del 3 de agosto de 2020 y en el cual se precisa lo siguiente:
ACTUALIZACIÓN: A partir del 7 de junio de 2024, el Buzón IMSS se vuelve obligatorio, da clic aquí para más información.
Objeto: regular las actuaciones de los particulares y la notificación electrónica de actos o resoluciones administrativas emitidos por el Instituto.
Registro: proporcionar por lo menos un correo electrónico y un teléfono celular que serán los medios de contacto que usará el IMSS para enviar avisos. Posteriormente se tendrá que realizar la manifestación de conformidad a través de la cual se autoriza al Instituto a realizar la transmisión y notificación de documentos digitales.
De las actuaciones mediante el buzón IMSS:
- Por cada actuación que realicen los particulares en el Buzón IMSS, se emitirá un acuse de recibo electrónico y se presumirá, salvo prueba de lo contrario, que el documento digital fue recibido en la hora y fecha que se consignen en el acuse de recibo mencionado.
- Las actuaciones que los particulares deban realizar dentro de un plazo legal a través del Buzón IMSS podrán efectuarse de las 00:00 a las 23:59 horas del día. Cuando el particular haga uso del mismo en día inhábil, las promociones se tendrán por recibidas a la primera hora del día hábil siguiente.
- Será responsabilidad del patrón presentar ante el Instituto a través del Buzón IMSS, la información correcta y completa según lo señalen las disposiciones jurídicas.
De la Notificación electrónica del Buzón IMSS:
- El IMSS podrá notificar los actos y resoluciones administrativas.
- El Instituto realizará notificaciones a través del Buzón IMSS en el horario comprendido de las 09:30 a las 18:00 horas (de la Zona Centro de México). En el supuesto de que el acuse de recibo se genere en día u hora inhábil, la notificación se tendrá por realizada el día hábil siguiente.
- Previo a la realización de la notificación electrónica, al particular le será enviado un aviso a los medios de contacto. El patrón contará con tres días hábiles para abrir en el Buzón IMSS. En caso de que el particular no abra el documento digital en el plazo señalado, la notificación electrónica se tendrá por realizada al cuarto día hábil, contando a partir del día hábil siguiente a aquel en que le fue enviado el referido aviso.
- Los destinatarios podrán consultar e imprimir dichos documentos digitales durante el plazo de 3 meses posteriores a la notificación.
- La verificación de la integridad y autoría de los documentos digitales notificados electrónicamente se realizará en términos de los dispuesto por el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.270219/95.PDIR.
- Lo anterior, sin perjuicio de que el Instituto pueda notificar de manera personal los actos y resoluciones administrativas que el Instituto emita en documentos impresos mediante el uso de la e-firma.
Cordialmente,
Área de Seguridad Social de Kreston BSG México
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