Actos de la autoridad durante la pandemia y suspensión
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- Actos de la autoridad durante la pandemia y suspensión de actividades de los órganos jurisdiccionales.
Publicado el lunes, 20 de julio de 2020
Si bien es cierto el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) se ha visto en la necesidad de mantener la suspensión de sus labores, interrumpiendo los términos procesales de los actos y procedimientos sustanciados ante el mismo órgano, no hay necesidad de esperar a la reactivación de labores del propio TFJA para promover un medio de defensa.
Para ello, existe el Recurso de Revocación el cual consiste en un medio de defensa optativo que procede contra los actos dictados en materia fiscal antes de someterse a un control jurisdiccional; éste puede ser Ordinario y Exclusivo de Fondo.
Dicho Recurso se encuentra regulado en el Código Fiscal de la Federación y los plazos para interponerlos no se encuentran suspendidos por la autoridad Fiscal, por virtud de que su tramitación es por la vía del Buzón Tributario[1].
Ahora bien, en caso de obtener una resolución desfavorable en el Recurso de Revocación, una vez reestablecidas las actividades jurisdiccionales, cabe la posibilidad de impugnarla a través del Juicio de Nulidad ante el citado TFJA atendiendo al principio de “litis abierta”.