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Reforma al reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

2026: Reforma al reglamento de la Ley Federal para la P

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Publicado el martes, 07 de abril de 2026

El 27 de marzo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Reglamento). Estas modificaciones entraron en vigor el 30 de marzo de 2026.

Objeto de la Reforma

El objetivo principal es fortalecer el sistema de prevención de lavado de dinero en México. Para lograrlo, la reforma se enfoca en las siguientes directrices:

  • Ampliar las facultades de revisión y sanción de las autoridades competentes.
  • Mejorar la calidad de la información financiera que recibe el gobierno.
  • Implementar un modelos de cumplimiento enfocado en los riesgos reales (Enfoque Basado en Riesgos).
  • Establecer reglas formales para identificar y gestionar a las Personas Políticamente Expuestas (PEP). 
  • Hacer más estrictas las obligaciones operativas para las empresas que realizan Actividades Vulnerables.

Reforma al Reglamento

a. Nuevos Conceptos

Se amplían las definiciones contenidas en el Reglamento, incorporando nuevos conceptos relevantes para su aplicación, tales como la Lista de Personas Políticamente Expuestas, los Informes, así como las Personas Depositarias de Fe Pública, entre otros.

b. Mayores facultades para las Autoridades

SAT

Ahora cuenta con más herramientas para supervisar. Podrá realizar lo siguiente:

  • Visitas a domicilio: Practicar visitas de verificación directamente en el domicilio que la empresa señaló en su trámite de alta, o bien, en el que tenga registrado ante el RFC. 
  • Exigir auditorías: Requerir los dictámenes de las auditorías (internas o externas) y exigir la documentación que compruebe que se corrigieron las observaciones encontradas.
  • Sanciones ágiles: Sustanciar y resolver procedimientos sancionadores de forma mucho más expedita (rápida) ante los incumplimientos. 
  • Medios electrónicos: Realizar notificaciones y requerimientos de información utilizando medios digitales. 
  • Evidencia adicional: exigir información, documentos, datos e incluso imágenes para verificar que la empresa cumple con sus obligaciones de prevención de lavado de dinero (PLD).
  • Uso de bases de datos como prueba: Sustentar sus resoluciones en bases de datos y documentos digitales propios. Se presume que esta información es cierta, por lo que el SAT no tendrá la obligación de revelar sus fuentes al momento de sancionar. 

Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)

Cuenta con las siguientes facultades:

  • Gestión de PEPs: Será la responsable de emitir los formatos y establecer los medios oficiales para que las autoridades de los tres niveles de gobierno le entreguen la información necesaria para integrar y actualizar la lista de Personas Políticamente Expuestas. 
  • Facilidades y excepciones: Tendrá el poder de emitir reglas generales para establecer excepciones y facilidades administrativas en el cumplimiento de las obligaciones (como la presentación de Avisos), contemplando incluso escenarios de fuerza mayor.

c. Nuevas reglas operativas

  • Avisos de 24 horas: Se deberá enviar un aviso en un máximo de 24 horas ante cualquier intento de operación que no se haya concretado, siempre y cuando se cuente con los datos de identificación del cliente. (Nota: Esta obligación aplicará hasta que la autoridad actualice sus formatos oficiales). 
  • Manejo de Impuestos: Los impuestos (como el IVA) no se sumarán para calcular si una operación alcanza el umbral de identificación. Sin embargo, sí deben incluirse en el monte total reportado en los Avisos y sí cuentan para las restricciones de cobro en efectivo. 
  • Acumulación de operaciones: Se deberán sumar las operaciones realizadas con un mismo cliente en un periodo de hasta seis meses. El Aviso correspondiente debe enviarse de inmediato en cuanto se alcance el umbral legal, sin esperar a que termine dicho semestre.
  • Fechas oficiales: La fecha oficial de una operación ya no será genérica; ahora dependerá de las reglas y la naturaleza específica de cada Actividad Vulnerable. 

d. Obligaciones administrativas y de cumplimiento

  • Resguardo de información: La información, documentos soporte y Avisos deberán conservarse por un mínimo de 10 años. (Nota: Este plazo comenzará a contar respecto de operaciones realizadas a partir del 17 de julio de 2025).
  • Auditorías y Autocorrección: Las empresas deberán conservar los resultados de sus auditorías y demostrar que corrigieron los hallazgos. Si deciden corregir un error  voluntariamente antes de una revisión del SAT (para evitar multas), deberán reconocer la irregularidad por escrito.
  • Registro de Fideicomisos: Los fideicomisos y figuras jurídicas similares que se utilicen para realizar Actividades Vulnerables ahora tienen la obligación estricta de inscribirse en el RFC.
  • Medidas Simplificadas: Solo se podrán solicitar menos requisitos de identificación a aquellos clientes que la empresa tenga formalmente clasificados como de "bajo riesgo" bajo un Enfoque Basado en Riesgo. 
  • Uso de Formatos: Mientras no se actualicen los sistemas, las empresas deberán seguir utilizando los formatos vigentes para enviar sus Avisos. 

Para más información, escríbenos a contacto@krestonbsg.com.mx o ubica tu oficina más cercana en www.krestonbsg.com.mx/contacto 

Cordialmente,

Área Legal de Kreston BSG México.

Autor: Francisco Téllez, Project Manager del área Legal, certificado por la UIF en la oficina Puebla.

Nuestro objetivo es generar una red de confianza con nuestros clientes para ser el apoyo en alcanzar objetivos empresariales. Somos una red de firmas con presencia en más de 110 países, expertos en ofrecer servicios de consultoría fiscal, auditoría, legal y contable a nivel nacional. Todo lo escrito en este espacio es para el beneficio de los lectores, sin embargo, para una aplicación correcta de temas específicos es necesario recurrir a nuestros especialistas. Para más información visita www.krestonbsg.com.mx