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SIROC, Servicio Integral de Registro de Obras de Constr

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Publicado el domingo, 22 de octubre de 2023

El IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) dio a conocer en el DOF (Diario Oficial de la Federación) del pasado 13 de julio de 2017, el Acuerdo ACD.SA2.HCT.2806117/148.P.DIR, emitido por el H. Consejo Técnico del IMSS, donde se aprobó implementar el Servicio Integral de Registro de Obra de la Construcción (SIROC), que son “Reglas aplicables a los patrones y demás sujetos obligados que se dediquen de forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción, para registrar las obras de construcción, sus fases e incidencias.”


Se deben tomar los siguientes puntos en consideración:

  • A partir del 1 de septiembre de 2017, se deja sin efecto el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.240210/41.P.DIR.
  • Los trámites correspondientes a los formatos SATIC-02, SATIC-03, SATIC -04, SATIC-05 y SATIC 06, respecto de los cuales se hubiera presentado el formato SATIC-01 hasta antes del 1 de septiembre de 2017, se seguirá tramitándose hasta su conclusión en el SATIC.
  • Para registro de obras de construcción, sus fases e incidencias, SIROC será de uso optativo hasta 31 de agosto de 2017 y a partir del 1 de septiembre de 2017 será de uso obligatorio.
  • El USO del SIROC IMSS, será exclusivamente por medio del Escritorio Virtual del IMSS, utilizando la e.Firma (Certificado FIEL SAT) del Representante Legal y posteriormente la e.Firma del Patrón correspondiente.

Formatos a utilizar

Solo se utilizan dos formatos:

  • REGISTRO DE OBRA. El patrón o sujeto obligado, debe ingresar los datos de la obra de construcción (Propietarios, Contratistas, Subcontratistas, o Intermediarios de las obras)
  • INCIDENCIAS. El patrón o sujeto obligado, debe ingresar las Incidencias de obra a presentar que correspondan al Número de Registro de Obra, en este formato se notificara:
    • Fecha de término de la obra
    • Monto de la obra o del contrato
    • Superficie de construcción
    • Alguna actualización
    • Posibles fechas y motivos de suspensión
    • Fechas y actualización de la obra en caso de Reanudación
    • Fecha, montos y motivos de cancelación de obra
    • Datos específicos de la terminación de la obra
    • Se deberá notificar en el bimestre, el monto de la obra o monto del contrato ejercido, los primeros 17 días naturales de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.
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