Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción
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Publicado el miércoles, 07 de marzo de 2018
El IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) dio a conocer en el DOF (Diario Oficial de la Federación) del pasado 13 de julio de 2017, el Acuerdo ACD.SA2.HCT.2806117/148.P.DIR, emitido por el H. Consejo Técnico del IMSS, donde se aprobó implementar el Servicio Integral de Registro de Obra de la Construcción (SIROC), que son “Reglas aplicables a los patrones y demás sujetos obligados que se dediquen de forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción, para registrar las obras de construcción, sus fases e incidencias.”
Se deben tomar los siguientes puntos en consideración:
- A partir del 1 de septiembre de 2017, se deja sin efecto el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.240210/41.P.DIR.
- Los trámites correspondientes a los formatos SATIC-02, SATIC-03, SATIC -04, SATIC-05 y SATIC 06, respecto de los cuales se hubiera presentado el formato SATIC-01 hasta antes del 1 de septiembre de 2017, se seguirá tramitándose hasta su conclusión en el SATIC.
- Para registro de obras de construcción, sus fases e incidencias, SIROC será de uso optativo hasta 31 de agosto de 2017 y a partir del 1 de septiembre de 2017 será de uso obligatorio.
- El USO del SIROC IMSS, será exclusivamente por medio del Escritorio Virtual del IMSS, utilizando la e.Firma (Certificado FIEL SAT) del Representante Legal y posteriormente la e.Firma del Patrón correspondiente.
Formatos a utilizar
Solo se utilizan dos formatos:
- REGISTRO DE OBRA. El patrón o sujeto obligado, debe ingresar los datos de la obra de construcción (Propietarios, Contratistas, Subcontratistas, o Intermediarios de las obras)
- INCIDENCIAS. El patrón o sujeto obligado, debe ingresar las Incidencias de obra a presentar que correspondan al Número de Registro de Obra, en este formato se notificara:
- Fecha de término de la obra
- Monto de la obra o del contrato
- Superficie de construcción
- Alguna actualización
- Posibles fechas y motivos de suspensión
- Fechas y actualización de la obra en caso de Reanudación
- Fecha, montos y motivos de cancelación de obra
- Datos específicos de la terminación de la obra
- Se deberá notificar en el bimestre, el monto de la obra o monto del contrato ejercido, los primeros 17 días naturales de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.
Beneficios
- Reducir la presentación de 6 avisos a solo un proceso de registro.
- Los campos de llenado se reducen de hasta 600 a 38 como máximo.
- Disminuir el tiempo de llenado de los avisos, de 4 horas en promedio a 10 minutos.
- Simplificación en la presentación Bimestral del Avance Financiero y la Relación de trabajadores, a través del SUA (Sistema Único de Autodeterminación).
- Consulta del cumplimiento de obligaciones ante el Instituto, de los contratistas y subcontratistas que participaron en la obra.
- Consulta por parte del patrón de sus obras registradas.
Conclusión
El SIROC, es una herramienta que ayudará a la simplificación y digitalización de trámites, así como a disminuir los tiempos y costos que los patrones invierten en realizar los trámites de afiliación ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Con esta simplificación de trámites, el contratista principal conoce realmente si las fases subcontratadas a los subcontratistas se encuentran al corriente con respecto a sus obligaciones patronales ante el IMSS. Lo cual facilita la deducción de la COP (Cuota Obrero Patronal) por la fase subcontratada.
Permite realizar hasta en 3 ocasiones, modificaciones a las obras registradas, mientras que en SATIC sólo se permitía mediante un registro complementario al Satic-01.
Con la entrada en vigor, la autoridad ha fiscalizado el control de los trabajadores en las obras, ahora el sistema no permitirá duplicar registros de personal enviados anteriormente en otra obra registrada en el mismo periodo a reportar.
Cordialmente,
Kreston BSG México
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