Estímulos fiscales a sectores clave de la industria exp
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Publicado el jueves, 12 de octubre de 2023
El 11 de octubre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales a sectores clave de la industria exportadora. Esta medida ofrece oportunidades únicas que podrían mejorar la competitividad de su negocio y maximizar su rentabilidad
¿En qué consiste el Decreto?
Este Decreto otorga estímulos fiscales a las personas morales (incluyendo las que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza) y físicas con actividad empresarial (salvo las que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza) que se dediquen a la producción, elaboración o fabricación industrial de diversos bienes, cuya finalidad sea su exportación. Los sectores incluyen la industria farmacéutica, de alimentos, la electrónica, la fabricación de automóviles, la aviación, y más. Además, se extiende a la producción de obras cinematográficas y audiovisuales protegidas por derechos de autor que se exporten.
Principales beneficios
Deducción Inmediata de Inversiones: Los contribuyentes pueden optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo adquiridos a partir de la entrada en vigor del Decreto en cuestión y hasta el 31 de diciembre de 2024, reduciendo la carga fiscal en el ejercicio en que se realice la inversión. Además, se prevé un mecanismo que permite reconocer la deducción inmediata en los pagos provisionales del impuesto sobre la renta del ejercicio en el que se realice la inversión.
Los porcentajes autorizados van del 56 al 89% para las inversiones que se realicen durante los ejercicios cubiertos por el Decreto.
Deducción Adicional de Gastos de Capacitación: En su declaración anual, durante los ejercicios 2023, 2024 y 2025, los contribuyentes pueden aplicar un estímulo fiscal consistente en una deducción adicional del 25% en el incremento del gasto erogado por capacitación a sus trabajadores en el ejercicio de que se trate, con relación al promedio de lo erogado por concepto de capacitación en los ejercicios 2020, 2021 y 2022.
Requisitos y consideraciones importantes
Los contribuyentes deben cumplir con requisitos específicos, como mantener registros detallados de las inversiones y capacitación.
No podrán acceder a los beneficios fiscales establecidos en el decreto los contribuyentes con créditos fiscales firmes, aquellos que se encuentren como No Localizados, a quienes se les hubiere condonado un crédito fiscal, aquellos que se encuentren en el supuesto contemplado en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, entre otros.
Se aplicarán porcentajes de deducción específicos según el tipo de bien o actividad clave.
Los contribuyentes deberán mantener en uso los activos fijos
durante un periodo mínimo de dos años inmediatos siguientes al
ejercicio en el que se efectúe su deducción inmediata.
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